Estamos de enhorabuena, todos los sindicatos con representación en nuestra empresa han llegado a un acuerdo, unidos, en materia de conciliación. Son muchos los compañeros y las compañeras que vienen reclamando unidad a la Representación Social, los Sindicatos, para que seamos fuertes y nos mantengamos unidos a la hora de defender los intereses de todos y todas. En este caso, así lo hemos hecho.

La USO ha facilitado que se alcance el acuerdo entre todas las fuerzas sindicales en el Acto de Conciliación previo a la demanda de Conflicto Colectivo presentada por algunas de las Secciones Sindicales constituidas en nuestra empresas, sobre la interpretación del artículo 72.1 c) del vigente Convenio Colectivo que regula una de las medidas escritas sobre beneficio social y conciliación de las que disponemos. En este caso el acompañamiento a un familiar de hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad, al que se le ha prescrito reposo domiciliario por intervención quirúrgica sin hospitalización.

Una medida vigente desde hace varios Convenios Colectivos, muy necesaria, que ha sido utilizada por muchos compañeros y compañeras, y que, en algunos casos, en función del texto que se escribía en el parte de baja o en el justificante de los días de descanso asociados a la intervención quirúrgica del familiar, podía presentar problemas de interpretación con todas las casuísticas asociadas. Desde la USO esperamos que a partir de ahora sea debidamente interpretado, solicitado y aprobado; según el acuerdo alcanzado en este acto.

LA NEGOCIACION ES UN ACTO DE SOLIDARIDAD E INTELIGENCIA AL ALCANCE DE TODOS, LA IMPOSICIÓN ES UN ACTO DE FUERZA AL ALCANCE SOLO DE LOS MÁS FUERTES

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