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Desde la USO nos adscribimos a lo dicho por ATYPE en su correo de hoy enviado a toda la plantilla, por múltiples razones que os comentamos:

Como puede verse, la opción de teletrabajo y/o trabajo en remoto es un tipo de jornada que, al estar recogida en el VIII Convenio Colectivo, es una más de las que determinado personal en nuestra empresa puede disponer de manera ordinaria si así lo solicita y su línea jerárquica junto con RRHH, si así lo acuerdan y aprueban.

Por otra parte, la semana del 13 de marzo de 2020 se realizó de manera excepcional una medida laboral inédita en nuestra empresa, se envió a todo el personal posible a trabajar en remoto a su domicilio habitual de manera excepcional para garantizar el confinamiento domiciliario impuesto por las autoridades sanitarias y el gobierno de España en respuesta a la pandemia debida al COVID-19. Una medida excepcional que en la tormenta Filomena se utilizó debido a la imposibilidad de acceder a ciertos edificios corporativos, al personal adscrito a los mismos que por no ser indispensable, pudo trabajar en remoto.

En la actualidad, debido a las condiciones de incremento exponencial de contagios asociados a la nueva ola de COVID-19 en que estamos inmersos, en ciertos edificios debido a brotes de contagios hay personal que, aparte de los propios afectados, han sido considerado como de alto riesgo por parte de los Servicios Médicos de nuestra empresa y han sido enviados a su domicilio para trabajar en remoto durante un período de confinamiento preventivo.

Es decir, junto con las personas que han sido consideradas como que pueden teletrabajar, en 2021 alrededor de 170 personas, como puede verse, el teletrabajo es y será una herramienta muy útil tanto para el trabajador/a como para la empresa, con lo que se demuestra el beneficio de este tipo de jornada para todos y todas, que está legalmente reconocido y regulado en la legislación española a través del RDL 28/2020 de 22 de septiembre y que está reconocida en nuestra empresa en el VIII Convenio Colectivo. Por tanto, desde la USO consideramos que esta jornada debería ser considerada como de utilidad demostrada para su empleo de manera extensiva a todos los trabajadores posibles puesto que aparte de garantizar una productividad demostrada, permite que los trabajadores adscritos a la misma puedan regular y optimizar su jornada laboral, permitiendo que el clima laboral pueda mejorar en nuestra empresa.

Por último os pedimos la máxima prudencia y responsabilidad en vuestro día a día y desearos una Feliz Navidad.

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